Deudas tributarias. Elevación del límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.
Limite exento de la obligación de prestar garantías.
Desde el día 21 de Octubre de 2015 no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de las deudas tributarias cuando el importe conjunto no exceda de 30.000 euros y se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago.